El premio de lotería ¿para quién?

En la iniciativa del gobierno sobre telecomunicaciones destaca la propuesta de crear la figura legal de autorizados, los cuales no serían concesionarios sino empresas de un mercado secundario. A esos autorizados puede referirse la conversación de la diputada Carpinteyro, los cuales existen en otros países.

Los autorizados serían revendedores con licencia del Ifetel. Su problema consistiría en comprar servicios a una empresa concesionaria y crear una clientela propia. Ahora bien, la cláusula de preponderancia obliga a Telcel a abrir su red a otros concesionarios pero no está tan claro, en la iniciativa del gobierno, que esa misma obligación vaya a existir a favor de los autorizados, a menos que el Ifetel así lo acuerde.

La otra vía para que una empresa minorista no concesionaria entre en los servicios de telecomunicaciones es el uso de la red pública compartida, ya aprobada por el Congreso, cuya construcción deberá iniciarse antes de que termine 2014 y entrar en operación antes de que concluya el año 2018.

A pesar de que tanto en la propuesta como en lo ya aprobado no existen objeciones, el gobierno –por lo que se observa—filtró la conversación de Carpinteyro dando a entender que ésta quería meter mano al proyecto para beneficiarse de algo que, sin embargo, podría estar al alcance de muchos otros. Tal vez el divulgador de la grabación ilegal tenga el propósito de incidir de mala forma en las negociaciones, en las cuales sí existen fuertes divergencias en otros renglones, como el premio de lotería que le quieren dar a Televisa. ¿Cuál es ése?

El transitorio octavo, fracción III, del decreto de reformas constitucionales señala: “Para efectos de lo dispuesto en este Decreto, se considerará como agente económico preponderante, en razón de su participación nacional en la prestación de los servicios de radiodifusión o telecomunicaciones, a cualquiera que cuente, directa o indirectamente, con una participación nacional mayor al cincuenta por ciento, medido este porcentaje, ya sea por el número de usuarios, suscriptores, audiencia, por el tráfico en sus redes o por la capacidad utilizada de las mismas.” Esta es una parte del traje a la medida que confeccionamos en la iniciativa de reformas para declarar preponderantes a Slim y a Azcárraga, como lo son en realidad. El Ifetel, ha procedido a hacerlo, pero se abstuvo de declarar a Azcárraga como preponderante en el servicio de televisión restringida y sólo lo hizo en todo el sector de radiodifusión donde no lo es si tomamos dentro de éste a la radio en igualdad de condiciones que la TV.

En efecto, si en el texto de la ley se definiera, como lo propone el gobierno, que el preponderante lo es en uno u otro de los sectores (telecomunicaciones o radiodifusión) se estaría permitiendo a Televisa ya no ser preponderante en televisión abierta y no serlo tampoco en la restringida (cable y satélite), lo cual es una gigantesca mentira pues la empresa de Azcárraga es monopolista en esos servicios. En el otro camino, si se admite lo que señala el decreto de reformas constitucionales en el sentido de que el preponderante lo es en tanto controle más del 50 por ciento de la prestación de servicios, Slim seguirá siendo preponderante en telefonía fija, en telefonía móvil y en internet, mientras Azcárraga seguiría siendo preponderante en televisión abierta y lo sería también en televisión restringida, todo lo cual corresponde a la realidad.

¿Quién quiere sacarse el premio de lotería y dejar de ser agente económico preponderante? Un monopolista políticamente necesario para el gobierno de Peña: Azcárraga. Este es uno de los puntos que verdaderamente están a debate en la confección de la ley.