A la memoria del gran escritor y hombre de izquierda que fue Carlos Fuentes

El candidato del PRI, Enrique Peña Nieto, ha venido sosteniendo que las televisoras no le han hecho favores, que no han proyectado su figura y que no tiene con ellas compromiso alguno. Los hechos, sin embargo, desmienten tales declaraciones.

No se trata de apreciaciones sino de una verdad legal dictada por un tribunal.

En el periodo comprendido entre el 29 de agosto y el 10 de septiembre de 2010 se difundieron mensajes en televisión en todas las entidades federativas, salvo Tlaxcala, los cuales fueron considerados como propaganda gubernamental ya que promovían el contenido del quinto informe de gobierno de Enrique Peña Nieto y a éste mismo.

Fueron 3 mil 484 mensajes difundidos a través de 214 canales de televisión, declarados ilegales y, consecuentemente, sancionados por el IFE y la Sala Superior del Tribunal Electoral.

Como se sabe, ningún ente público puede adquirir tiempo en radio y televisión para promover la imagen personal de algún servidor público, según lo establece el artículo 134 de la Constitución en su párrafo octavo. La excepción de esta regla se encuentra en el Cofipe y se relaciona precisamente con la difusión de los informes pero siempre que se haga dentro del ámbito territorial del servidor público que informa. Sin embargo, la propaganda de Peña Nieto fue difundida en 30 entidades del país además del Estado de México. Esto se encuentra prohibido y fue sancionado.

Los canales de televisión que se hicieron cargo de ese trabajo político fueron los de Televisa y los de Televisión Azteca.

Ahora bien. Peña Nieto negó que él hubiera ordenado que los promocionales fueran transmitidos fuera del Estado de México y afirmó que la contratación se había hecho en el marco de unos convenios de publicidad firmados antes con las empresas de televisión, por lo cual él no era responsable de la transgresión de la ley. Los canales de televisión admitieron que, en efecto, la orden de transmisión y el pago correspondiente no había comprendido la difusión de los promocionales fuera de la entidad.

El Tribunal Electoral le dio la razón a Peña Nieto en cuanto a su alegada ausencia de responsabilidad y se limitó a ordenar al IFE que sancionara a las televisoras. Sin embargo, los magistrados Luna Ramos, Nava y Penagos consideraron en voto particular que se debió haber declarado fundada la queja contra Peña Nieto bajo el argumento principal de que no era necesaria ninguna prueba adicional que demostrara la solicitud de Peña a las televisoras sino que bastaba evidenciar (como ya se había hecho) que la transmisiones se habían realizado. La difusión de promocionales, agregaron esos magistrados, es una cuestión de orden público por lo cual no es suficiente mostrar los contratos locales para eximir de responsabilidad a un servidor público, ya que la transmisión nacional se generó en el ejercicio de las obligaciones de éste (Peña) de rendición de cuentas.

De lo anterior se desprende que, según la verdad legal, las televisoras apoyaron a Peña a través de una campaña de propaganda de carácter nacional cuando éste ya se perfilaba como posible candidato de su partido, es decir, hacia finales de 2010. Así como quedó la resolución del Tribunal las cosas están peor para Peña Nieto, pues según esa verdad legal éste no pagó nada y los espots se transmitieron para un puro apoyo político, incluso dentro de los noticieros de ambas televisoras.

Los argumentos de Peña Nieto en el Tribunal Electoral, en el sentido de que no ordenó que los espots se transmitieran fuera del Estado de México, se le revierten ahora cuando responde a los señalamientos de que las televisoras le han apoyado en sus pretensiones políticas. Aquí es donde tuvo que echar una mentira de a kilo. Sencillamente dijo que no, pero en contra de la sentencia de un Tribunal dictada a instancias de él mismo, es decir, del alegato de Peña.

 

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